Los pedidos de los presidentes de las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural al Vicepresidente, David Choquehuanca para que este convoque a sesión de Asamblea fue desahuciada por el Segundo Mandatario quien decidió pedir al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) acelere el proceso de sorteo de sala para definir el fallo en primera instancia emitido en Pando.
“Hoy se presentó al TCP un memorial solicitando el adelanto del sorteo de causa para que una Sala Constitucional resuelva la revisión del fallo de la Sala Constitucional de Cobija, teniendo en cuenta la coyuntura nacional, la trascendencia y la importancia respecto al cumplimiento de las reglas del proceso democrático de elección de altas autoridades jurisdiccionales”, expresó el secretario general de la Vicepresidencia, Juan Carlos Alurralde a través de una nota de prensa.
El 7 de mayo la comisión mixta de Constitución de la Asamblea acordó enviar una nota al Vicepresidente para que convoque a una plenaria y definir el rumbo de las elecciones judiciales. Al día siguiente el turno fue de la comisión de Justicia Plural que también envió el pedido y hasta hoy no se conoció la decisión de la Vicepresidencia.
Según Alurralde, los informes adjuntos a las notas remitidas a la Vicepresidencia no mencionan la aprobación de ningún instrumento de acción parlamentaria para la consideración y debate en el pleno de la Asamblea. Además, el informe tampoco cumplió con las formalidades establecidas en el Reglamento. Por tanto, se mantuvo la idea de pedir celeridad a los prorrogados del TCP.
Para los opositores la estrategia del Gobierno al pedir se acelere la consideración del fallo emitido en Cobija solo tiene la intención de darle un barniz de legitimidad a los prorrogados que tienen la venia del Gobierno y no precisamente es una acción institucional.
El 30 de abril de este año, la Sala constitucional de Pando determinó paralizar la preselección judicial y emitir una nueva convocatoria con reglas especiales para que los indígenas de Pando puedan acceder a las magistraturas. Ese fallo es en primera instancia y debe ir en revisión al TCP en Sucre. Los prorrogados pueden tomar tres tipos de decisiones, la primera ratificar el fallo de Pando y volver a fojas cero todo el proceso; la segunda negar ese fallo y darle la razón a la Asamblea para que prosiga el proceso; la tercera es darle la razón parcialmente a ambos y definir la continuidad, pero condicionada.
“La resolución emitida por la autoridad jurisdiccional, de acuerdo con la normativa, debe ser enviada para revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que puede confirmar o revocar, en todo o en parte, la decisión de la autoridad judicial inferior a través de una Sentencia Constitucional, que debe ser emitida previo cumplimiento de un procedimiento”, declaró Alurralde.