Tras conocerse la convocatoria a una Asamblea para debatir la amnistía presidencial, reos de tres penales en Bolivia iniciaron protestas exigiendo la aprobación de esta norma, la cual podría beneficiarlos si cumplen ciertos requisitos. Las autoridades informaron sobre mitines simultáneos en las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz.
La Asamblea fue convocada para tratar el “Decreto Presidencial N° 5137 de fecha 26 de marzo de 2024, ‘Concesión de Amnistía e Indulto por razones humanitarias’”, con la sesión programada para las 12:30 de este jueves.
En Santa Cruz, las protestas se llevaron a cabo en el penal de Palmasola. Este movimiento ocurre en un contexto de confrontación política entre facciones internas del gobierno: el arcismo y el evismo. La convocatoria fue realizada por el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, y cuestionada por los arcistas, cuyo representante, Juan José Jauregui, ya presentó una demanda de nulidad ante el Tribunal Constitucional.
Sorprendentemente, los reos iniciaron sus protestas de manera casi simultánea en varios penales: Palmasola en Santa Cruz, San Pedro en La Paz y el penal de mujeres de San Sebastián en Cochabamba, todos con la misma demanda: la aprobación del decreto presidencial. Aunque dicho decreto beneficia a una minoría, un porcentaje de los reos podría acceder a este indulto.
“Queremos indulto, ya” era el mensaje común en los carteles de los detenidos. Después de las 20:00 horas, se informó que la protesta se estaba extendiendo a otros penales del país.
El problema se agrava porque, además del decreto presidencial, el evismo ha presentado al menos seis proyectos de ley relacionados con el conflicto político entre arcistas y evistas. Así, desde los penales se envía un mensaje claro a la Asamblea.
El decreto presidencial 5137 establece dos grupos de personas que pueden beneficiarse: aquellos en detención preventiva y aquellos con sentencia condenatoria ejecutoriada que puedan acogerse a una ley de indulto.
Para los detenidos preventivos, el beneficio aplica a quienes han excedido el tiempo máximo legal del proceso penal sin haber recibido una sentencia condenatoria ejecutoriada. Los posibles beneficiarios incluyen: hombres mayores de 58 años, mujeres mayores de 55 años, personas con discapacidad grave o muy grave debidamente acreditada, personas con enfermedades terminales (estadios 3, 4 y 5 de insuficiencias o enfermedades oncológicas), y mujeres en estado de gestación o madres en periodo de lactancia con hijos menores de un año.
Quedan excluidos del beneficio aquellos procesados y sentenciados a la pena máxima sin derecho a indulto, así como personas que hayan cometido otro delito, reincidentes, o aquellos que ya se hayan acogido a un beneficio similar anteriormente.