El abogado y aliado del precandidato presidencial Samuel Doria Medina, Gary Prado, salió al paso de las recientes declaraciones del expresidente y también precandidato, Jorge «Tuto» Quiroga, quien había advertido sobre posibles sanciones por la difusión de encuestas electorales. Prado aclaró que no existe un candidato presidencial que pueda ser inhabilitado por este tipo de actos, ya que, según explicó, la normativa vigente establece sanciones de carácter económico y no la inhabilitación.
En sus declaraciones, Prado destacó que una sentencia constitucional rectificó este tipo de situaciones, señalando que la sanción máxima por la difusión de encuestas fuera de los límites establecidos es una multa de hasta 10 salarios mínimos. “No hay candidato presidencial para inhabilitar por la difusión de encuestas. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ya se pronunció sobre el tema”, afirmó el abogado, resaltando que la única consecuencia legal que podría derivarse de la violación de esta normativa es una penalización pecuniaria.
Prado precisó que es importante distinguir entre las encuestas con fines electorales y aquellas que no tienen ese objetivo. En este contexto, explicó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene restricciones claras sobre las encuestas electorales, las cuales están prohibidas desde la convocatoria oficial a las elecciones. No obstante, aclaró que las encuestas que no buscan fines publicitarios no están sujetas a esa restricción y pueden ser realizadas sin problemas, siempre que cumplan con los requisitos formales establecidos por el mismo TSE.
“Este tipo de restricciones no aplica para encuestas que no tengan fines publicitarios. Existe un artículo específico que aborda esta situación», apuntó Prado.
En su explicación, Prado hizo referencia a un caso de 2015 en el que el TSE inhabilitó a un candidato a gobernador y a sus candidatos a alcaldes en Beni debido a la publicación de una encuesta. Este caso, según Prado, llevó a una interpretación de constitucionalidad por parte del TCP, el cual determinó que la sanción aplicada por el TSE no era constitucional. En su fallo, el TCP dejó claro que la difusión pública de encuestas sin cumplir con las normativas del TSE debía ser sancionada con una multa de 10 salarios mínimos, pero no con inhabilitación.
“La jurisprudencia es clara. El TCP ya ha dictado su interpretación y ha protegido el derecho de realizar encuestas. La sanción por la difusión fuera de la norma es una multa, no la inhabilitación del candidato”, enfatizó Prado, refiriéndose a la reciente interpretación legal que, en su opinión, deslegitima las afirmaciones de Tuto Quiroga sobre el tema.
En cuanto a la situación actual, Prado destacó que, al no existir aún candidatos oficialmente inscritos para la presidencia y vicepresidencia, no hay base legal para inhabilitar a ningún postulante. «No hay candidatos a la presidencia ni a la vicepresidencia en este momento. Los requisitos para serlo son estar inscritos, y en este sentido, lo máximo que puede ocurrir es una sanción económica, no una inhabilitación», explicó el abogado, aludiendo a la inexistencia de figuras legales que pudieran ser inhabilitadas en este contexto.
Por su parte, el expresidente y precandidato, Jorge Tuto Quiroga, ratificó su postura en contra de la encuesta que busca definir un candidato único de la oposición, impulsada por Samuel Doria Medina. Quiroga ha sido firme en calificar esta encuesta como «unilateral e ilegal», destacando que no fue organizada por el «bloque de unidad», sino por Doria Medina en particular. Durante una conferencia de prensa en Santa Cruz, el exmandatario subrayó que no aceptará los resultados de esta encuesta, argumentando que son «contaminados» y carecen de fiscalización.
“Estas no son encuestas del bloque de unidad, son las de Samuel Doria Medina. ¿Voy a aceptar las encuestas de Samuel Doria Medina? No, clarito. Es una locura, son ilegales, están contaminadas, son unilaterales y sin fiscalización”, señaló Quiroga, haciendo énfasis en su rechazo a la forma en que se ha llevado a cabo el proceso.