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GOBIERNO APRUEBA EL TIPO DE CAMBIO FLEXIBLE Y EL BCB PUBLICARÁ LA COTIZACIÓN OFICIAL DEL DÓLAR CADA DÍA DESDE EL 29 DE JUNIO

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El Ministerio de Economía aprobó el viernes 26 de junio una disposición que marca un cambio trascendental en la política cambiaria del país al dar paso a un régimen de tipo de cambio flexible, en reemplazo del esquema de cambio fijo que estuvo vigente desde 2011. La medida, según la cartera de Estado, tiene como objetivo fortalecer la estabilidad macroeconómica y adecuar el sistema cambiario a las actuales condiciones económicas.

En el marco de esta decisión, el Banco Central de Bolivia (BCB) confirmó que desde este lunes 29 de junio comenzará a regir una nueva modalidad para la determinación del tipo de cambio oficial del dólar, cuyo valor será actualizado diariamente en función de las operaciones del sistema financiero.

Durante los últimos 15 años, el tipo de cambio oficial del dólar en Bolivia permaneció inalterable en Bs 6,96 por unidad de la moneda estadounidense. Sin embargo, la prolongada escasez de divisas registrada durante el gobierno de Luis Arce generó un fuerte incremento del valor del dólar en el mercado paralelo, donde llegó a cotizarse hasta en Bs 20, reflejando la creciente diferencia entre el tipo de cambio oficial y el precio real de la divisa.

El proceso de transición hacia un nuevo sistema comenzó en diciembre del año pasado, apenas un mes después de la llegada de Rodrigo Paz a la Presidencia. En esa oportunidad, el Banco Central inició la publicación diaria de un valor referencial del dólar frente al boliviano y anunció que trabajaba en un proceso de unificación cambiaria.

Posteriormente, en enero, el Gobierno puso en marcha la devolución de divisas a personas naturales y pequeñas empresas que mantenían depósitos de hasta 1.000 dólares en entidades financieras. De acuerdo con el Ministerio de Economía, esta devolución se ampliará progresivamente a partir de julio para beneficiar al resto de los ahorristas.

Como parte de las medidas adoptadas durante este proceso de transición, en abril también se autorizó nuevamente el uso de tarjetas de crédito y débito para compras en el exterior, operaciones que desde entonces se realizan tomando como referencia el tipo de cambio referencial para montos iguales o superiores a 500 dólares.

El nuevo reglamento aprobado por el Banco Central establece que el tipo de cambio oficial será calculado diariamente sobre la base del promedio ponderado de todas las operaciones de compra de divisas realizadas por los bancos múltiples, bancos PyME y el banco público con sus clientes.

Según el artículo 5 del reglamento de operaciones difundido por la entidad emisora, cada día hábil, a las 20:00, el Banco Central publicará en su página web el tipo de cambio oficial que estará vigente durante la jornada siguiente. Este valor será utilizado para las operaciones del sector público, las transacciones del propio BCB, así como para los registros contables y los procesos de valoración financiera.

El procedimiento contempla además que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruya a todas las entidades financieras autorizadas remitir hasta las 17:00 de cada jornada el detalle de las operaciones cambiarias efectuadas durante el día. Con esa información se calculará el promedio ponderado que definirá la cotización oficial.

Asimismo, la normativa establece sanciones para las entidades financieras que incumplan con la entrega oportuna de la información requerida, con el propósito de garantizar la transparencia y el correcto funcionamiento del nuevo régimen cambiario.