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SIETE RESTRICCIONES RIGEN EN SANTA CRUZ POR EL AUTO DE BUEN GOBIERNO ANTE LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL

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Tras la entrada en vigencia del auto de buen gobierno en el departamento de Santa Cruz, las autoridades dieron a conocer un conjunto de siete restricciones que buscan garantizar el orden público y el normal desarrollo de la segunda vuelta electoral. Algunas de estas disposiciones comenzaron a aplicarse desde este jueves 16 de abril, mientras que otras, como la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas, entrarán en vigor a partir del viernes.

Entre las primeras medidas, se establece que desde las 00:00 del jueves 16 de abril hasta las 18:00 del domingo 19 queda terminantemente prohibida cualquier forma de manifestación pública, ya sea de apoyo o rechazo, hacia alguna de las candidaturas en contienda. Esta disposición busca evitar conflictos o alteraciones durante el periodo previo a la votación.

En cuanto al expendio y consumo de bebidas alcohólicas, la restricción regirá desde las 00:00 del viernes 17 de abril y se extenderá hasta las 12:00 del día siguiente a la jornada electoral. Esta prohibición abarca tanto domicilios particulares como establecimientos públicos y privados, incluyendo tiendas, cantinas, hoteles y restaurantes.

Asimismo, durante el día de la votación se aplicarán medidas más estrictas. Queda prohibido portar armas de fuego, objetos punzocortantes o cualquier instrumento que represente un riesgo para la seguridad de las personas. Esta restricción no incluye a efectivos de las Fuerzas Armadas ni de la Policía Boliviana, quienes estarán encargados de resguardar el orden público.

De igual manera, no se permitirá la realización de actos, reuniones o espectáculos públicos de ningún tipo durante la jornada electoral, con el fin de evitar aglomeraciones y posibles incidentes.

Otra de las disposiciones establece la prohibición del traslado de electores entre recintos de votación por cualquier medio de transporte. En caso de detectarse esta práctica, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para su correspondiente investigación.

En relación al tránsito vehicular, se determinó que durante el día de la elección no podrán circular vehículos motorizados, ya sean particulares, oficiales o de servicio público, salvo aquellos que cuenten con autorización expresa del Órgano Electoral. Se exceptúan de esta medida los vehículos de la Policía, las Fuerzas Armadas, ambulancias y unidades de bomberos.

Finalmente, también se dispuso la suspensión de los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el departamento. No obstante, se contemplan excepciones para el traslado de personal del Órgano Electoral y de las fuerzas de seguridad en cumplimiento de sus funciones, así como para vuelos internacionales en tránsito o que tengan origen o destino en Santa Cruz, los cuales deberán contar con los permisos correspondientes.