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MULTA DE BS 1.650 PARA QUIENES NO ASISTAN COMO JURADOS ELECTORALES

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El Órgano Electoral Plurinacional (OEP), junto a los Tribunales Electorales Departamentales, recordó a la población que la inasistencia a la función de jurado electoral conlleva sanciones económicas. De acuerdo con la normativa vigente, quienes no cumplan con esta obligación deberán pagar una multa de Bs 1.650, monto equivalente al 50% del salario mínimo nacional, fijado en Bs 3.300.

Las autoridades electorales precisaron que el plazo para presentar excusas ya concluyó, por lo que únicamente quedan exentos de esta sanción quienes hayan justificado oportunamente su inasistencia y cuenten con la aprobación correspondiente por parte de los organismos electorales.

En ese contexto, el vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, Manfredo Bravo, exhortó a los jurados electorales a cumplir con su responsabilidad y asistir a sus respectivos recintos para participar en las capacitaciones previas a la segunda vuelta electoral. Destacó que la logística electoral se encuentra en su fase final, a pocos días de la jornada de votación.

Recomendaciones para juradas y jurados electorales:

  • Llegar temprano al recinto electoral, desde las 06:00, ya que la jornada inicia a las 07:00.
  • Instalar la mesa de sufragio a tiempo: con la presencia de al menos tres jurados se puede habilitar la mesa.
  • Cuidar el material electoral: el acta es el documento más sensible y debe resguardarse adecuadamente.
  • Recibir el estipendio: los jurados perciben Bs 60 por el cumplimiento de sus funciones.
  • Cumplir su rol: los jurados y juradas electorales son la máxima autoridad durante la jornada de votación y deben garantizar el correcto desarrollo del proceso en su mesa de sufragio.

El OEP subrayó que el cumplimiento de estas funciones es fundamental para asegurar un proceso electoral transparente. Asimismo, reiteró que el incumplimiento de esta obligación implica la aplicación de la multa equivalente al 50% del salario mínimo nacional.