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TCP ADMITE DEMANDA CONTRA DECRETO QUE PERMITE A RODRIGO PAZ GOBERNAR A DISTANCIA

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El decano del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Edson Dávalos, informó este lunes que fue admitida la demanda de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Supremo 5515, normativa que permite al presidente Rodrigo Paz ejercer funciones de Gobierno a distancia mediante medios electrónicos cuando se encuentra fuera del país.

La autoridad explicó que la acción constitucional cuestiona principalmente que el decreto no contemple la sucesión temporal del vicepresidente en casos de ausencia del jefe de Estado, aspecto que, según los demandantes, vulneraría disposiciones constitucionales relacionadas con el ejercicio del poder Ejecutivo.

“Se cuestiona que eso sea inconstitucional. Luego del análisis de formalidad establecida en el Código Procesal Constitucional, se ha establecido la admisión de esta acción”, señaló Dávalos al referirse a la determinación asumida por el TCP.

El magistrado aclaró que la admisión de la demanda no significa todavía un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad o no del decreto, sino únicamente que la acción cumplió con los requisitos formales exigidos por la normativa vigente para iniciar su tratamiento dentro del Tribunal Constitucional.

Asimismo, indicó que el siguiente paso dentro del procedimiento será solicitar un informe al órgano emisor de la norma, es decir, a las instancias responsables de la promulgación del Decreto Supremo 5515, con el objetivo de recabar argumentos y documentación antes de emitir una resolución definitiva.

El Decreto Supremo 5515 generó debate político y jurídico desde su aprobación, debido a que establece mecanismos tecnológicos para que el presidente pueda continuar ejerciendo funciones gubernamentales aun cuando se encuentre temporalmente fuera del territorio nacional.

Los cuestionamientos se centran en que, históricamente, ante una ausencia temporal del mandatario, el vicepresidente asumía la conducción del Ejecutivo en aplicación del mecanismo de sucesión constitucional. Los demandantes consideran que el decreto modifica de hecho esa práctica sin una reforma constitucional previa.

Por otro lado, Dávalos también se refirió a otra acción de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Supremo 5552, relacionado con la reestructuración de la Vicepresidencia del Estado.

En este caso, explicó que la demanda fue observada debido a que no cumplía con los requisitos formales establecidos por ley, ya que únicamente se adjuntaron fotocopias de carnets de identidad de algunos diputados, documentación considerada insuficiente para la admisión del recurso.

El magistrado indicó que mientras no se subsanen las observaciones realizadas por el TCP, dicha acción constitucional no podrá continuar su curso procesal dentro del tribunal.