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EL BCB PODRÁ COMPRAR Y VENDER DÓLARES PARA FRENAR LA VOLATILIDAD DEL TIPO DE CAMBIO

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El Banco Central de Bolivia (BCB) aprobó un nuevo reglamento que le permitirá intervenir de manera directa en el mercado cambiario mediante la compra y venta de dólares, con el objetivo de mitigar fluctuaciones no deseadas en el tipo de cambio oficial (TCO), contener episodios de especulación y fortalecer las Reservas Internacionales. La medida fue oficializada este jueves mediante la Resolución de Directorio 117/2026.

De acuerdo con la normativa, el ente emisor podrá realizar estas operaciones bajo dos modalidades: operaciones directas y subastas electrónicas. El reglamento establece los procedimientos que servirán de base para las intervenciones que el Banco Central considere necesarias, aunque aclara que estas acciones no tienen como finalidad fijar un nivel específico para el tipo de cambio oficial.

La publicación del reglamento se produce luego de que el presidente del BCB, David Espinoza, anunciara que la institución está preparada para intervenir en el mercado cambiario cuando detecte movimientos excesivos o episodios de sobrerreacción que puedan afectar la estabilidad de la moneda nacional.

«El BCB va a intervenir en el mercado cambiario cuando haya una sobrerreacción. Esto podría ocurrir en el corto plazo», afirmó Espinoza durante una conferencia de prensa. Asimismo, señaló que la entidad informará oportunamente cada vez que decida ingresar al mercado para evitar que el tipo de cambio oficial registre incrementos o caídas extremas producto de comportamientos especulativos.

Según el reglamento, una de las modalidades será la de operaciones directas. En este mecanismo, la Gerencia de Operaciones Internacionales del Banco Central comunicará a las entidades de intermediación financiera, hasta las 08:30 del día de la operación, el monto de dólares que se pondrá a la venta o se comprará, el tipo de cambio aplicable y el horario habilitado para la presentación de propuestas.

Una vez concluido el proceso de recepción de ofertas, el BCB procederá con la adjudicación de las operaciones y su posterior liquidación.

En caso de que el Banco Central venda divisas, las entidades financieras adjudicadas recibirán los dólares en sus cuentas dentro del BCB o podrán retirarlos físicamente de las bóvedas de la institución. Por el contrario, cuando el ente emisor compre dólares, las entidades deberán transferir previamente las divisas al Banco Central para recibir el pago correspondiente en bolivianos al tipo de cambio establecido para la operación.

La segunda modalidad prevista en el reglamento corresponde a las subastas electrónicas, un mecanismo diseñado para facilitar la formación de precios mediante la participación de las entidades financieras.

El proceso se desarrollará en dos etapas. La primera será una fase de orientación, en la que las entidades presentarán sus ofertas de compra o venta utilizando como referencia un tipo de cambio base definido por el Banco Central.

Posteriormente se realizará la etapa de magnitud, durante la cual los participantes podrán presentar nuevas posturas a diferentes tipos de cambio. Con base en estas ofertas, el BCB determinará un precio uniforme de adjudicación para concretar las operaciones.